Ayudas para apoyar las inversiones para la reindustrialización realizadas por las PYMES de diversos sectores industriales de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2026 (INPYME). Industria

Qué es y para qué sirve

La concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para apoyar la realización de proyectos de inversión que supongan la reindustrialización de la Comunitat Valenciana por las pymes vinculadas a los siguientes sectores: AUTOMOCIÓN, DEFENSA Y SEGURIDAD, SECTOR ESPACIAL Y DE LA AERONÁUTICA, SEMICONDUCTORES, BIOTECNOLOGÍA, PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL Y DE VIDEOJUEGOS, SECTOR AGROALIMENTARIO (únicamente en municipios despoblados o con riesgo de despoblación según Anexo IV), CUERO Y CALZADO, CERÁMICA, VIDRIO, CONSTRUCCIÓN INDUSTRIALIZADA Y MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN NO METÁLICOS, ENVASES Y EMBALAJES, JUGUETE, INDUSTRIA DEL DEPORTE Y OTRAS INDUSTRIAS MANUFACTURERAS, HÁBITAT (FABRICACIÓN DE MADERA, MUEBLES Y EQUIPAMIENTO BAÑOS Y COCINA, APARATOS DE ILUMINACIÓN), MÁRMOL, PIEDRA NATURAL Y ÁRIDOS, METAL-MECÁNICO, PAPEL Y ARTES GRÁFICAS, PLÁSTICO, INDUSTRIA QUÍMICA, TEXTIL, VALORIZACIÓN DE MATERIALES.

En concreto:

1. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES en 2026:

Serán subvencionables los proyectos de inversión productiva que supongan la reindustrialización de la Comunitat Valenciana, mediante la creación de un nuevo establecimiento industrial, la mejora mediante ampliación o modernización de un establecimiento existente, así como la diversificación de la producción o cambios esenciales en los procesos productivos existentes en un establecimiento.

2. PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE LOS ACTIVOS SUBVENCIONADOS:

La puesta en funcionamiento de los activos subvencionados deberá producirse entre el 01 de ENERO de 2026 y la fecha de finalización del plazo de justificación (Ver resuelvo sexto de la Resolución de convocatoria).

No obstante lo anterior, previa solicitud motivada a la Dirección General competente en materia de Industria, y presentada tras la resolución de concesión, se podrá autorizar la ampliación de dicho plazo, hasta un máximo de 9 meses contados desde la finalización del plazo de justificación (ver resuelvo decimosexto de la Resolución de convocatoria).

3. PRESUPUESTO MÍNIMO SUBVENCIONABLE en 2026:

El presupuesto mínimo subvencionable del proyecto de inversión industrial será de 20.000 euros, IVA excluido, salvo para los sectores del deporte, la biotecnología, la producción audiovisual y la producción de videojuegos, que será de 10.000 euros, IVA excluido. Las solicitudes cuyos presupuestos admitidos como subvencionables no alcancen dichos importes mínimos serán INADMITIDAS.

Plazos:
desde 16-02-2026 09:00:00h hasta 10-03-2026 23:59:59h
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=18295